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El límite de edad en los contratos para la formación en alternancia es de:
Si el contrato se celebra en el marco de certificados de profesionalidad 1y 2, y programas de formación en alternancia de empleo-formación, el contrato solo podrá se concertado con personas de hasta 30 años.
Si el contrato se celebra en el marco de certificados de profesionalidad 1y 2, y programas de formación en alternancia de empleo-formación, el contrato solo podrá se concertado con personas de hasta 35 años.
Si el contrato se celebra en el marco de certificados de profesionalidad 1y 2, y programas de formación en alternancia de empleo-formación, el contrato solo podrá se concertado con personas de hasta 25 años.
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