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Una cooperativa con sección de ahorro y crédito concedió a un asociado un crédito de Consumo sin libranza por la suma de $9.000.000 a tasa de interés del 1% mensual MV, plazo un año para cancelar en 12 cuotas mensuales de $750.000 de abono a capital más los intereses del mes. El crédito fue desembolsado en junio 1 del año1. A la fecha diciembre 31 del año 1, el asociado solo canceló cumplidamente las cuotas 1 y 2 y a partir de la fecha del pago de la segunda cuota, éste no ha vuelto cancelar las cuotas vencidas. Por lo tanto, la cooperativa debe tener registrados intereses en la cuenta 1443 Intereses crédito de consumo la suma