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CASO PAMA
La empresa IMPORTADORA TEXTIL DEL NORTE, S.A. DE C.V. presentó un pedimento de importación definitiva el día 15 de octubre de 2024 en la Aduana de Nuevo Laredo, Tamaulipas, para la importación de 500 toneladas de hilaza de algodón procedente de Estados Unidos, clasificada en la fracción arancelaria 5205.11.01.
Datos del pedimento:
- Número de pedimento: 24-47-3589-8001234
- Valor comercial: USD $850,000.00
- Peso bruto: 525,000 kg
- País de origen: Estados Unidos
- Régimen: Importación definitiva (A1)
Durante el reconocimiento aduanero de (examen de mercancías), los funcionarios de la Administración General de Aduanas detectaron que la mercancía requiere Aviso Automático de Importación ante la Secretaría de Economía conforme al Acuerdo que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación está sujeta a regulación por parte de la Secretaría de Economía.
Con fundamento en el artículo 152 de la Ley Aduanera, la Autoridad Aduanera el incumplimiento de la regulación no arancelaria consistente en la obligación de presentar Aviso Automático de Importación ante la Secretaría de Economía, establecida en: Ley de Comercio Exterior, artículos 15 y 16, Acuerdo de clasificación y codificación de mercancías sujetas a regulación por la SE NOM correspondiente al producto textil
INFRACCIONES DETECTADAS
La Autoridad Aduanera inició el PAMA por las siguientes infracciones:
Infracción Principal:
Artículo 176, fracción I de la Ley Aduanera: No cumplir con las regulaciones y restricciones no arancelarias aplicables. Artículo 81, fracción XXX: Introducir al país mercancías sin cumplir las regulaciones correspondientes, Artículo 176, fracción VII Proporcionar datos inexactos en el pedimento
OPCIONES DE RESPUESTA DEL CONTRIBUYENTE