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CASO: «[En 2016] Una gestante, acudía con normalidad a sus controles, hasta q...

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CASO:

«[En 2016] Una gestante, acudía con normalidad a sus

controles, hasta que en julio, le diagnosticaron un embarazo de alto riesgo. El

22 de agosto, la mujer ingresó con contracciones al hospital de Laderas y fue

evaluada por Guzmán Pérez, quien diagnosticó que el feto se encontraba en buen

estado de salud, y que se trataba de un "falso trabajo de parto".

Dispuso enviarla a su vivienda, hasta que las contracciones se incrementaran.

El 24 de agosto, la mujer volvió al nosocomio, y el acusado, tras evaluarla, decide

que se practique una cesárea de emergencia. En ese instante, se registró una

frecuencia cardiaca en caída en el feto. La madre alumbró a su bebé, al

interior de los servicios higiénicos, mientras se preparaba para ser

intervenida quirúrgicamente. Lamentablemente, el niño nació con asfixia

perinatal severa en grado 3, con ausencia de ritmo cardiaco, presentando

encefalopatía hipóxica isquémica, con secuelas irreparables e irreversibles.

Por estas consideraciones, el Segundo Juzgado Penal Unipersonal de la Corte del

Santa, sentenció al ginecólogo, a 1 año de prisión suspendido en su ejecución»

(FUENTE:

https://www.elperuano.pe/noticia/221478-corte-del-santa-ordenan-que-essalud-y-ginecologo-paguen-medio-millon-de-soles-por-negligencia-medica).

En consecuencia, el tipo de

obstáculo al conocimiento del Dr. Guzmán Pérez evidenciado en la noticia es:

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