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II CASO
El Tribunal de Disciplina del Colegio San Antonio, acordó expulsar a los estudiantes Diego Carballo y Amado Brizuela por haberse robado 22,000 colones de la soda del Colegio en horas de la noche del lunes 23 de julio pasado -lo que quedó demostrado con la cámara del lugar-, y los condenó a tres meses de prisión, pues estiman que esa conducta es muy reprochable y deben dar un ejemplo a los 760 estudiantes de la institución. Para eso llamó a los policías de la Delegación de San Antonio para que los fueran a entregar al O.I.J., actuación que ejecutaron. La única que salvó el voto fue la profesora de Cívica quien, en la reunión del Consejo de Profesores afirmó no estar convencida de si ellos podían imponer esa sanción y pena. Sobre ello agregó: “Yo solo llevé dos años de la carrera de Derecho, pero me quedó grabado que un profesor citaba a Francesco Carrara, un penalista italiano, que escribió “La Ley es Advertencia y Garantía”. Y mirando a todos sus compañeros profesores preguntó: “pero a Diego y a Amado ¿no les asiste algún derecho?”
Diego es conocido suyo, le
llama a usted y le consulta si podría darle algún consejo de conformidad con sus
conocimientos en la materia. En ese tanto, ¿podría usted sugerirle alguna (s)
figura (s) jurídica (s) legal (es) concreta (s) a Diego que pueda invocar
correctamente y sobre ella (s) usted le expresará siete características que
esta (s) tiene (n)? De conformidad con lo estudiado, ¿cree usted que ese
Tribunal sea competente para aplicar esa pena y sanción y frente a ese Tribunal
qué derechos o acciones podrían tener los estudiantes?